América de Cali podría tener un duro castigo tras los disturbios que obligaron a la sanción de la Copa BetPlay

Hinchas de América de Cali no dejaron terminar el partido ante Nacional por Copa Colombia – crédito Bernando Peña/Colprensa

El espectáculo del fútbol se volvió un verso afectado por actos de indisciplina por parte de los hinchas, esta vez protagonizados por seguidores del América de Cali, que tras el resultado desfavorable en el marcador global de la final de la Copa BetPlay Dimayor, decidieron generar disturbios en las tribunas del Pascual Guerrero.

Aunque inicialmente las autoridades locales habían relajado la prohibición de ingresar pólvora y trapos al estadio, lo hicieron confiando en el compromiso de las barras del América de Cali de mantener un buen comportamiento durante la final de la Copa Colombia. Sin embargo, los hechos ocurridos terminaron empañando el torneo que dejó Atlético Nacional como campeón por séptima ocasión.

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Hinchas invadieron el campo de juego, además de lanzar gases lacrimógenos – crédito @LaTitularcom/X

De acuerdo con el informe arbitral, como el del comisario de campo, el América de Cali podría ser sancionado con varios encuentros sin público en condición de local, además de recibir una multa, según lo establecido por el código disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF).

“4. Se considera conducta impropia, particularmente, los actos de violencia contra personas o cosas, el empleo de objetos inflamables, el lanzamiento de objetos, el despliegue de pancartas con textos de índole insultante, los gritos injuriosos y la invasión del terreno de juego.

5. La conducta impropia de los espectadores que genere desórdenes antes, durante o después de un partido, en el estadio, dará lugar a la sanción del club consistente en amonestación o a la suspensión de la plaza de una (1) a tres (3) fechas.

6. En caso de suspensión al club respectivo se le impondrá multa de ocho (8) a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción. Si como consecuencia de la conducta anterior se derivare daño a las instalaciones o a las personas, la sanción será de dos (2) a cuatro (4) fechas de suspensión y multa de diez (10) a doce (12) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción sin perjuicio de la obligación de indemnizar los daños causados”, dice el código disciplinario de la FCF.

En desarrollo…

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