Se sancionó la Ley Nº 6.468, que adecúa la normativa provincial al nuevo marco nacional tras el DNU 70/23, que derogó la Ley Nº 20.705. Permite que las Sociedades del Estado puedan transformarse en S.A., con mayoría accionaria estatal garantizada (mínimo 51%) y hasta 49% de capital privado.
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La iniciativa había sido criticada desde el Frente de Izquierda. El diputado Gastón Remy planteó que se dejaban muchos interrogantes al respecto. Mientras que desde el oficialismo la justificaron. El propio gobernador Carlos Sadir había señalado que “solo se cambia la forma societaria” y no pasarán a manos privadas.
Quien se hizo eco de esta nuevo marco legal es la abogada y referente de la asociación de defensa del consumidor CODELCO, Alicia Chalabe con un cuestionamiento en sus redes sociales.
Radio 2 dialogó con la letrada para tratar de conseguir explicaciones sobre esta situación y ella señaló que lo que se hizo durante la sesión es que la Legislatura delegó su facultad al Poder Ejecutivo, algo que está prohibido en la Constitución Nacional.
Embed – De empresas estatales a sociedades anónimas: dura crítica al rol de la Legislatura
“Había entendido que se trata de una transformación de las sociedades del Estado a sociedades anónimas de acuerdo a la ley de sociedades comerciales. Pero cuando tengo a mano el texto, veo con la lectura que es una delegación de facultades que hace la Legislatura al Poder Ejecutivo y una vez más concentra poder, porque lisa y llanamente le delega la facultad la Legislatura sin razón alguna. Con un decreto le permiten modificar al gobierno las estructuras jurídicas de las empresas, pero reitero que lo importante de este entramado es que la Legislatura delega las facultades al Poder Ejecutivo”, indicó y enfatizó:
Delega su facultad de legislar para que lo haga mediante decreto, la Legislatura delibera y vota las leyes de acuerdo a un estudio y el fruto de ese trabajo es la ley y en este caso delega esa facultad para que el gobierno lo haga mediante decreto. Eso no es normal porque el artículo 76 de la Constitución Nacional dice que está prohibida la delegación legislativa. Delega su facultad de legislar para que lo haga mediante decreto, la Legislatura delibera y vota las leyes de acuerdo a un estudio y el fruto de ese trabajo es la ley y en este caso delega esa facultad para que el gobierno lo haga mediante decreto. Eso no es normal porque el artículo 76 de la Constitución Nacional dice que está prohibida la delegación legislativa.
Por otra parte, puso en duda un artículo específico sobre la posibilidad de vender acciones: “En el transcurso de la ley que tiene muy poco articulado, determina que todas las sociedades van a poder venderse acciones en un 49% para que una mayoría mínima, el 51%, sean del Estado. Autoriza a vender acciones que pasarían a ser mixtas público-privadas, la única que se modifica en ese sentido es JEMSE que es 100% del Estado, pero supongamos que decida vender acciones de Agua Potable, cuál va a ser la tarifa que pagaremos los usuarios, quién va a legislar sobre eso. No me queda claro a mí y no le queda claro a nadie porque es oscura la norma”, señaló Chalabe.
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