Expulsaron de Servicio Penitenciario a un cabo que baleó a un arquero en una cancha de fútbol

El Gobierno del Chaco oficializó en las últimas horas la cesantía del cabo primero Matías Adrián Cabral, integrante del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social, tras un grave episodio ocurrido en diciembre de 2024 en el que disparó contra un hombre durante un partido de fútbol en Fontana.

El 29 de diciembre de 2024, en una cancha del club Central Norte de Fontana, Cabral llegó uniformado al lugar y, según testigos, tras una breve discusión extrajo un arma de fuego no provista por la institución y efectuó dos disparos contra el arquero del equipo rival. Uno de los proyectiles impactó en su pierna izquierda, lo que obligó a los presentes a practicarle un torniquete para evitar que se desangrara.

Los testimonios incorporados al expediente describen una escena violenta: Cabral no solo abrió fuego, sino que continuó agrediendo físicamente a la víctima en el suelo mientras le gritaba que era el responsable de que “perdiera a su familia”. Incluso llegó a apuntar con el arma a otras personas presentes que intentaron intervenir, antes de retirarse en motocicleta.

La gravedad del ataque provocó que Alegre perdiera una pierna. Según declaró ante la justicia, “si no me hacían un torniquete en la cancha, moría desangrado”.

Detención y proceso administrativo
Tras el hecho, el Fiscal Penal N° 14, Francisco Asís Obaldía Eyseric, ordenó la detención de Cabral en el marco de la causa “Lesiones graves calificadas por el uso de arma de fuego”. Al momento de su aprehensión, se le secuestró una pistola Bersa calibre 9 mm (no reglamentaria) y su uniforme de campaña.

Cabral fue sometido a prueba de dermotest y peritajes en sus vestimentas, y posteriormente trasladado a la Comisaría Primera Metropolitana. Aunque recuperó la libertad en febrero de 2025, la causa penal sigue en curso.

En paralelo, el Servicio Penitenciario abrió un sumario administrativo en el que se acreditaron faltas graves y leves: uso indebido del uniforme, empleo de armamento no autorizado, conducta indecorosa en público y desconocimiento de normas institucionales, entre otras. Además, se consideraron agravantes como el daño al prestigio institucional, la relevancia pública del hecho y la reincidencia disciplinaria.

“Comprometió la imagen de toda la fuerza”
El decreto provincial destaca que Cabral, como funcionario penitenciario, tenía el deber de actuar como garante de la seguridad ciudadana y evitar hechos delictivos, y que su accionar “comprometió gravemente la imagen del Servicio Penitenciario ante la sociedad”.

“Quien ingresa a la fuerza acepta voluntariamente el sometimiento a las normas que rigen la institución. La disciplina es la base del buen funcionamiento de las fuerzas de seguridad”, sostiene el documento, citando jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el deber de resguardar la integridad física de los ciudadanos.

Con base en la Ley Provincial N° 2855-J y el Decreto 883/21, que regula el régimen disciplinario penitenciario, el Gobierno resolvió aplicar la sanción expulsiva de destitución con calificación de cesantía a Cabral.

EL HECHO
El 29 de diciembre de 2024, en una cancha del barrio Abrazo Cordial de Fontana, el cabo primero del Servicio Penitenciario, Adrián Cabral, irrumpió armado en medio de un partido de fútbol donde se encontraba Marcelo Alegre, presunto amante de su pareja y además su ex cuñado. Vestido con el uniforme institucional, Cabral extrajo una pistola 9 mm no provista por la fuerza y le disparó en la pierna izquierda, provocándole una grave herida.

Alegre fue trasladado al Hospital Perrando, donde fue intervenido de urgencia y, días después, debieron amputarle la pierna por la severidad del daño. Tras el ataque, el agresor se presentó a trabajar con normalidad en el Complejo Penitenciario N°1 hasta que fue detenido por orden judicial.

La causa fue caratulada como lesiones agravadas por el uso de arma de fuego.

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