ARCA vigila tus transferencias: a partir de qué monto controla tus movimientos en noviembre

Las entidades financieras y billeteras virtuales tienen que darle a conocer a ARCA aquellas transacciones que exceda los topes establecidos oficialmente

20/10/2025 – 20:36hs

En un escenario marcado por el auge de las transferencias digitales y el uso cada vez más extendido de las billeteras virtuales, surge una pregunta frecuente entre los usuarios: ¿qué pasa si de repente recibís una suma importante en tu cuenta bancaria? La clave está en los límites y controles que establece la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Cuando el dinero proviene de una fuente comprobable -por ejemplo, la venta de un vehículo o una propiedad, o el cobro de un trabajo facturado-, no debería haber mayores inconvenientes. Sin embargo, los bancos pueden aplicar retenciones preventivas hasta verificar la operación. En esos casos, alcanza con presentar la documentación que respalde el origen de los fondos para liberar la acreditación.

La situación cambia si se trata de transferencias de alto monto sin justificación clara. En ese escenario, pueden surgir observaciones por parte del organismo recaudador, que exigirá demostrar el origen del dinero para descartar irregularidades, especialmente cuando se trata de sumas elevadas.

ARCA vigila tus transferencias: a partir de qué monto te controla en noviembre 2025

ARCA actualizó en julio los topes a partir de los cuales comienza a monitorear de manera automática las operaciones bancarias y virtuales. Esta actualización se realiza cada semestre en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El propio organismo explicó que se trata de una «actualización semestral automática basada en el IPC elaborado por el INDEC, conforme a lo dispuesto en la Resolución General 5512/2024».

Superar esos límites puede encender alertas y derivar en revisiones más detalladas. Por eso, conocer los montos vigentes resulta clave para operar con tranquilidad, dentro del marco legal y sin contratiempos innecesarios.

A continuación, te damos a conocer los importes:

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

    Qué tener en cuenta al realizar una transferencia

      Al realizar o recibir una transferencia bancaria o virtual, es importante tener en cuenta algunos puntos clave.

      En primer lugar, conviene verificar que el monto no exceda los límites de control fijados por ARCA, para evitar posibles demoras o bloqueos preventivos. Además, resulta fundamental conservar la documentación que respalde la operación, como contratos de compraventa, facturas o comprobantes de pago.

      Otro aspecto relevante es la coherencia entre el origen de los fondos y la actividad declarada ante la AFIP o ARCA. Una transferencia de alto valor que no se corresponde con los ingresos habituales del titular puede generar alertas, incluso si el dinero proviene de una fuente legítima. Por eso, lo más aconsejable es anticiparse y guardar todos los comprobantes que acrediten la procedencia de la transacción.

      ¿Qué documentación puede solicitar ARCA?

      Los documentos más habituales que suele solicitar ARCA son:

      • Contratos de compraventa o comprobantes de pago.
      • Facturas emitidas (ya sea bajo monotributo o régimen general).
      • Recibos de sueldo o de jubilación.
      • Constancia de inscripción en el monotributo.
      • Certificados de origen de fondos firmados por un contador público matriculado.

      Con esta documentación, por lo general, alcanza para liberar el dinero retenido y evitar demoras.

      Los especialistas aconsejan mantener los papeles ordenados y actualizados, sobre todo si se realizan operaciones frecuentes o de alto valor. También es fundamental estar correctamente registrado en AFIP como monotributista o responsable inscripto cuando se facturan servicios o ventas de manera habitual.

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