La Cámara Penal N°3 condenó a Jorge Antonio Cruz Oliva a tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir por la muerte de Luis Enrique González, ocurrida el 25 de septiembre de 2024 en Nueva Coneta.
La Cámara Penal N°3, presidida por el juez Jorge Palacios e integrada por los vocales Patricia Olmi y César Soria, condenó este jueves a Jorge Antonio Cruz Oliva a tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir por la muerte de Luis Enrique González, de 45 años.
El hecho ocurrió el 25 de septiembre de 2024 en calle 8 de Nueva Coneta, donde González fue impactado por un Volkswagen conducido por Cruz Oliva, quien circulaba a más de 100 kilómetros por hora en una zona rural.
Durante el debate, uno de los puntos centrales fue el supuesto consumo de alcohol por parte del conductor. El alcoholímetro utilizado en el lugar arrojó un resultado positivo, pero el análisis de sangre realizado en laboratorio aproximadamente cinco horas después dio negativo.
Tanto la Fiscalía como la defensa cuestionaron las condiciones de uso del alcoholímetro, señalando la falta de personal especializado o debidamente capacitado y dudas sobre la homologación del instrumental. La oficial de apellido Ávila, que intervino en el procedimiento, habría reconocido no tener conocimientos suficientes sobre el funcionamiento del dispositivo.
Finalmente, esa circunstancia no fue considerada como agravante y la acusación quedó centrada en el exceso de velocidad.
Cruz Oliva se declaró confeso, pidió disculpas a los familiares de la víctima y no registra antecedentes penales, elementos que fueron valorados al momento de establecer la pena.
La Fiscalía había solicitado tres años de prisión en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir, mientras que la querella había reclamado una pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo.
La familia de González permaneció frente al edificio de Tribunales durante la jornada y expresó su desacuerdo con el fallo, que permite a Cruz Oliva evitar el cumplimiento efectivo de la prisión.
