Un jurado popular de Catamarca halló culpables a María Eugenia Castro, su hija María Gilda Márquez y Facundo Ariel Monasterio por el ataque con arma blanca contra Roxana Murúa, ocurrido en enero de 2025. El veredicto se conoció el jueves.
Un jurado popular declaró culpables a María Eugenia Castro, su hija María Gilda Márquez y Facundo Ariel Monasterio por el intento de homicidio de Roxana Murúa, según el veredicto dado a conocer el jueves. El juicio se desarrolló ante el juez director Miguel Lozano Gilyam.
Los hechos
De acuerdo con la teoría presentada por el abogado querellante Pedro Justiniano Vélez, el conflicto se originó en episodios de violencia entre adolescentes. El 20 de enero de 2025, el hijo de 13 años de Murúa recibió un golpe por parte del hijo de Castro, tres años mayor. Según el letrado, los hostigamientos hacia el menor se extendieron en el tiempo y las agresiones se tornaron más virulentas.
«El bullying y la violencia comienzan en la casa, y es lo que pasó en este caso. Acá había un problema entre adolescentes, que también remarcó el Ministerio Público Fiscal en su alegato, porque había una diferencia de edad entre ellos», sostuvo Vélez durante su alegato.
El abogado indicó que ese día Murúa reclamó al agresor por el maltrato y le exigió que cesara el hostigamiento. Según su exposición, esto derivó en una agresión por parte de los adultos. Murúa recibió un puntazo en el corazón y en la pleura, por lo que fue operada de urgencia a corazón abierto.
Testimonios médicos
Durante el debate, el cardiólogo Cabana, del Hospital San Juan Bautista, consideró que Murúa tuvo riesgo de vida, de acuerdo con los informes que recibió. La médica del SAME que brindó los primeros auxilios declaró que la víctima estaba tendida en el piso y que fue trasladada en clave roja al hospital. El médico policial Nicolás Romero afirmó que en las revisiones posteriores a la operación corroboró que persistía el riesgo de vida.
El veredicto
Los 12 miembros del jurado popular declararon por unanimidad a Márquez culpable de «homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa en calidad de autora». Castro fue hallada responsable como «partícipe necesaria de homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa». Para ambas, la expectativa de pena es de entre 10 y 15 años de prisión. Monasterio fue declarado «culpable del delito menor incluido de homicidio calificado en grado de tentativa en calidad de partícipe secundario».
Incidentes en la Unidad Penal
En julio de 2025, Castro y Márquez protagonizaron una revuelta en la Unidad Penal de Mujeres N° 2, en la ciudad Capital, durante la cual atacaron a agentes penitenciarias con un cepillo de dientes, agua caliente, golpes de puño y objetos. Se radicaron al menos cuatro denuncias por parte del personal. El viernes último, las dos mujeres no concurrieron a la audiencia de cesura de pena, que fue postergada hasta el martes 3 de noviembre.
El bullying como contexto
El bullying es una conducta agresiva deliberada y prolongada de maltrato, insulto verbal, rechazo social, intimidación psicológica y/o agresión física de uno o varios estudiantes hacia otro/s. Implica un desequilibrio de poder y se repite en el tiempo. El ciberbullying es el maltrato ejercido a través de las redes sociales.
