La jueza de Control de Garantías N° 2, Cecilia Mas Saadi, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Miguel Enrique Moreno a la pena de cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras ser hallado culpable del delito de ‘robo simple’.
La jueza de Control de Garantías N° 2, Cecilia Mas Saadi, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Miguel Enrique Moreno a la pena de cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo, tras ser hallado culpable del delito de ‘robo simple’.
La sentencia fue dictada en el marco de un juicio abreviado, en una investigación llevada adelante por el fiscal de Instrucción N°6 del Distrito Oeste, Facundo Barros Jorrat. Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal y el defensor particular del imputado acordaron la realización del procedimiento, coincidiendo en la calificación legal y en el monto de la pena, con la conformidad expresa del acusado. La víctima fue notificada de los alcances del acuerdo y prestó su conformidad mediante la firma correspondiente; no asistió a la audiencia, pero quedó informada del procedimiento.
La jueza escuchó los fundamentos de las partes y al imputado, quien reconoció su responsabilidad en el hecho. El fiscal sostuvo que la acusación se respalda en pruebas objetivas reunidas durante la investigación, entre ellas la aprehensión del imputado pocos minutos después del hecho mientras trasladaba la motocicleta sustraída, el secuestro del rodado con el tambor de encendido violentado, el hallazgo de una llave tipo ‘T’ entre sus pertenencias y los registros fílmicos incorporados a la causa.
El fiscal explicó que el acuerdo cumple con los requisitos del Código Procesal Penal, ya que el reconocimiento de culpabilidad coincidía con la prueba reunida. La pena acordada se encuentra dentro de la escala legal y resultó proporcional a las circunstancias del caso. Como agravantes consideró el carácter deliberado de la conducta, el uso de una herramienta para vulnerar el sistema de encendido y la consumación del robo. Como atenuantes valoró la recuperación inmediata de la motocicleta, la ausencia de violencia contra personas y la escasa afectación patrimonial. También tuvo en cuenta los antecedentes condenatorios y la situación penal del imputado para justificar el cumplimiento efectivo de la pena.
Tras la audiencia, la jueza homologó el acuerdo y dictó sentencia en los términos acordados por las partes. La condena impuesta constituye un antecedente penal computable para el imputado.
Según la investigación, el hecho ocurrió el 8 de julio alrededor de las 22:00 horas en un domicilio ubicado en la intersección de avenida Güemes Oeste y calle Luis Brackebusch, en el barrio Achachay de la ciudad Capital. Miguel Enrique Moreno ingresó al jardín delantero de la vivienda y, tras ejercer fuerza sobre el tambor de encendido de una motocicleta Honda Wave 110 cc, se apoderó del rodado y se retiró del lugar. Minutos después fue aprehendido a unas nueve cuadras del sitio del hecho mientras trasladaba la motocicleta, la cual fue recuperada por el personal policial.
